Nombramiento de la titular de la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México
Comisión de Búsqueda de Personas
📢🔴 Revisa las entrevistas de las candidatas a ocupar el cargo de titular de la Comisión de Búsqueda de Personas y haz tus comentarios.
Podrán presentar candidaturas de personas que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases de participación de la consulta pública para ocupar el cargo de Director General del órgano desconcentrado Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México:
➡️ Colectivos de víctimas
➡️Personas expertas y
➡️ Organizaciones de la sociedad civil de la Ciudad de México especializadas en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y búsqueda de personas.
🔴 Si cumples con alguno de estos perfiles conoce la convocatoria.
⏺️ En el marco del paradigma de fomento del diálogo y de la incidencia social que en los artículos 23 y 24 de la Ley de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México se estableció que para el nombramiento de la persona titular de la Comisión de Búsqueda, la Secretaría de Gobierno previo a proponer a la Jefatura de Gobierno a la persona que por su desempeño profesional y especializado se haya destacado en la materia, deberá generar un mecanismo a través del cual la ciudadanía sea tomada en cuenta para que presente candidaturas y se consulte públicamente a los colectivos de víctimas, personas expertas y organizaciones de la sociedad civil especializadas.
⏺️ En términos de lo dispuesto en los artículos 10 fracción V, 19 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y 15 fracción IV del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la persona titular de la Jefatura de Gobierno tiene la facultad indelegable de nombrar a la persona que será la titular de la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México.
Compartir: