Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024
Participa en la construcción de una Ciudad de innovación y derechos.
1.7 Pueblos originarios y poblaciones indígenas residentes
La Constitución de la Ciudad de México establece un capítulo sobre los derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, que el gobierno debe atender. Bajo esta condición se establecen lo siguiente:
Acciones:
Se crea la Secretaría de los Pueblos Originarios. A partir del primer año inicia una consulta amplia en los pueblos para reconocer su representación política en el marco de la Constitución Política de la Ciudad de México.
Rescatar la cultura de nuestros pueblos originarios: su lengua, tradiciones, formas de organización y creación artística, reconociendo la gran riqueza histórica y la diversidad cultural de nuestra ciudad. Cada pueblo originario de la periferia de la ciudad contará con uno de los PILARES que tendrán como característica la enseñanza de la lengua náhuatl.
Se destinará un recurso especial para mejorar los servicios públicos y el derecho al agua en los pueblos originarios, respetando sus tradiciones y organización.
Establecimiento de mecanismos para la contratación de traductores de diferentes lenguas en la Consejería Jurídica y se realizará un convenio con organizaciones de traductores de lenguas originarias para fortalecer el acceso a la justica.
Como parte del Instituto de Educación Superior Pública Rosario Castellanos, se creará la escuela pluricultural.
Atención paulatina del derecho a la educación, salud, vivienda y empleo de las comunidades indígenas residentes en la ciudad.
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