Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México
Ciudad de derechos y derecho a la Ciudad
7.4 Ciudad Global
7.4.2 Objetivo estratégico 34: Ciudad Global
La Ciudad de México participa activamente en los foros internacionales de ciudades relacionados con las agendas globales en las que el país se ha comprometido. La participación en estos foros se guía por un espíritu propositivo, abierto al aprendizaje de experiencias de otros países y ciudades, y con disposición para compartir nuestras propias experiencias y conocimientos.
7.4.2.1 Meta 1
La ciudad capital cumple con los compromisos establecidos en las agenda globales en las que México participa activamente.
Indicadores
• Número de foros internacionales, relacionados con las agendas globales de las cuales el país es signatario y en los que la Ciudad de México participa.
• Numero de redes de ciudades donde la Ciudad de México tiene membresía.
• Número de foros internacionales que tienen lugar en la Ciudad de México.
• Número de acuerdos de hermanamiento y de cooperación entre ciudades signados por el gobierno de la ciudad.
Líneas estratégicas
• Mantener comunicación estrecha con los secretariados de las agendas internacionales para aprender de otras experiencias y proponer soluciones basadas en la experiencia de la Ciudad de México.
• Mantener una colaboración estrecha con redes internacionales de ciudades y con ciudades seleccionadas, cuyas políticas estén en línea con las agendas internacionales y con los principios establecidos en la Constitución Política de la Ciudad de México.
• Promover la realización de acuerdos de cooperación técnica con organismos internacionales y ciudades que estén en línea con las agendas internacionales y con los principios establecidos en la Constitución Política de la Ciudad de México.
7.4.2.2 Meta 2
La Ciudad de México ha recibido a los migrantes internacionales que transitan por ella o tienen como destino la ciudad, con pleno respeto, protección y garantía de sus derechos humanos.
Línea estratégica
• Desarrollar y ejercer políticas de acogida por parte del Gobierno de la Ciudad y de las autoridades de las alcaldías, para apoyar a los migrantes que pasan o tienen como destino la Ciudad de México con plena garantía a sus derechos humanos.
Mecanismo de seguimiento y evaluación
La evaluación y seguimiento de los instrumentos del sistema de planeación, y, en consecuencia, del Plan General de Desarrollo, están considerados como parte de los principios rectores del Gobierno de la Ciudad de México, en tanto componentes obligados de un ejercicio de la función pública basada en la ética, austeridad, racionalidad, responsabilidad, participación y rendición de cuentas.
Además de sus características y requisitos técnicos relacionados con el proceso integral de las políticas públicas, el seguimiento y la evaluación tienen una consideración especial en tanto se asumen como elementos de un propósito más general y superior: instrumentar el proceso de desarrollo y las políticas gubernamentales para que se orienten efectivamente al cumplimiento progresivo de los derechos humanos.
Se conciben la evaluación y el seguimiento, y otros componentes, por ejemplo, el monitoreo, como elementos para asegurar que el esfuerzo público realizado en el marco del Sistema Integral de Derechos Humanos esté en ruta con la aplicación adecuada de planes y programas, el diseño y ejercicio de los presupuestos y el uso máximo y eficaz de los recursos disponibles.
En la Constitución Política de la Ciudad de México y sus leyes reglamentarias la evaluación y el seguimiento están establecidos como un sistema interinstitucional y jerárquico. El Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México tiene la función constitucional de dar seguimiento a la ejecución del Plan General de Desarrollo, y además hacer lo propio con el Programa General de Ordenamiento Territorial, garantizando la participación de la comunidad y sectores académicos, culturales, sociales y económicos.
El mismo Instituto tiene también la función de elaborar el sistema de indicadores para la evaluación y las otras etapas del proceso de planeación, con prioridad en los que se requieren para determinar las metas y el cumplimiento progresivo de los derechos humanos. Esta función se estableció de manera conjunta con el Consejo de Evaluación de la Ciudad de México.
La información estadística y geográfica requerida para la construcción de los indicadores, la evaluación y en general el proceso de planeación y prospectiva es también una función del Instituto, por medio de la integración de un sistema que debe cumplir los requisitos de rigurosidad científica, y ser público, accesible y transparente. Se concibe el sistema, así, como una plataforma para la planeación en la que los entes gubernamentales están obligados a proporcional al Instituto la información requerida, para dar soporte a la formulación del Plan General de Desarrollo y los demás instrumentos del sistema de planeación.
La evaluación, el seguimiento y el monitoreo, además, están contemplados con el conocimiento e intervención de la población, y se reconocen como una de las vertientes de la democracia participativa y de la observación de la función pública y del proceso de planeación. Los pueblos y barrios originarios tienen también reconocida su facultad para participar en la evaluación y en las otras etapas del proceso de planeación, por medio de los mecanismos definidos en la reglamentación. La información y demás elementos para propiciar los procesos participativos en la planeación y la evaluación deben ser facilitados a través de tecnologías y datos abiertos, y de plataformas digitales colaborativas desplegadas por el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva.
El mecanismo de seguimiento y evaluación, tiene como objetivo verificar el cumplimiento de los logros y resultados expresados en las metas del Plan General de Desarrollo, para retroalimentar a las políticas y programas y en caso de rezagos o desviaciones, introducir las correcciones oportunas en su ejercicio.
El seguimiento se realizará a partir del sistema de indicadores formulado por el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva, en coordinación con el Consejo de Evaluación de la Ciudad de México. La periodicidad del seguimiento será anual, trianual y sexenal, según proceda, y de acuerdo a los lineamientos y métodos que determine el Instituto.
El seguimiento y monitoreo público del Plan se llevará a cabo con las metodologías, instrumentos, procedimientos, mecanismos y actividades que elabore el Instituto, de una manera sistemática, objetiva y técnica, y considerando las líneas de base cuantitativas o cualitativas de los indicadores.
En lo que le corresponda según sus atribuciones como organismo autónomo, el Consejo de Evaluación de la Ciudad de México hará lo propio con sus evaluaciones, verificando la progresividad del cumplimiento del Plan en el marco del Sistema Integral de Derechos Humanos.
En su caso, y cuando ocurran alteraciones significativas en las condiciones originales, el Plan General de Desarrollo podrá modificarse y actualizarse con una revisión integral por parte del Instituto.
Como parte del mecanismo de seguimiento y evaluación, se adoptarán medidas de control sujetas al escrutinio público para verificar que, en los casos de incumplimiento del Plan General de Desarrollo, se hagan los cambios necesarios para que se realicen los objetivos y metas. Por su parte, la ciudadanía podrá presentar quejas en los casos de incumplimiento.
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