Programa Integral de Seguridad Vial 2020-2024
¿Cómo reducimos las víctimas graves y mortales derivadas de hechos de tránsito en la Ciudad de México?

Cambios en "1.3 Fortalecimiento de la atención prehospitalaria"
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Título
-1.4 Atención a víctimas de hechos de tránsito- +1.3 Fortalecimiento de la atención prehospitalaria
Cuerpo
-En la Ciudad de México la atención a víctimas está legislada por la Ley de Atención y Apoyo a Víctimas del Delito, la cual establece los derechos de las personas afectadas por actos que produzcan lesiones físicas, mentales o la pérdida del patrimonio como consecuencia de un delito (ALDF, 2003). Sin embargo, no existe legislación específica para las víctimas de hechos de tránsito, por lo que las personas perjudicadas y sus familiares no cuentan con un área específica que se encargue de brindarles atención psicológica y orientación jurídica.- +La filosofía detrás de la atención prehospitalaria se resume en “llevar al paciente adecuado al lugar adecuado en el tiempo adecuado” (STCONAPRA, 2019). En este sentido, la formación de más personas capacitadas como primeros respondientes y el fortalecimiento del programa de paramédicos en motocicleta puede reducir la gravedad de las lesiones y el número de personas muertas en los momentos posteriores a un hecho de tránsito.
-La creación de un área específica que les atienda garantiza, además de la impartición de justicia, que en el largo plazo se modifiquen las actitudes respecto a conductas imprudenciales (CAF, 2018).- +Finalmente, se requiere actualizar y complementar el registro de ambulancias, tanto públicas como privadas, para verificar que éstas operen bajo la normatividad requerida de manera eficiente y transparente.
- OBJETIVO
-Proporcionar atención y orientación especializada a víctimas de incidentes viales a través de un área específica que cuente con los recursos y procesos necesarios.- +Agilizar los procesos, tiempos de respuesta y la calidad de atención a víctimas de hechos de tráfico para reducir riesgos fatales por medio de la atención oportuna de primeros respondientes de distintas dependencias y de paramédicos.
- META
-Creación de la unidad de atención a víctimas de hechos de tránsito a 2022.- +Tiempo de respuesta menor a 10 minutos.
- LÍNEAS DE ACCIÓN
-1.4.1 CREACIÓN DE PROTOCOLOS DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE HECHOS DE TRÁNSITO-Formalizar el compromiso de creación de lineamientos y protocolos de atención y seguimiento a víctimas de hechos de tránsito.- +1.3.1 PRIMEROS RESPONDIENTES
- +Capacitar como primeros respondientes en primeros auxilios a personas de Apoyo Vial Radar y del Sistema Integrado de Transporte.
- Tipo: Operativa.
- Plazo: Corto.
-Entes involucrados: SEMOVI, SEDESA, FGJ, CEJUR.-Meta: Establecimiento de protocolos de atención a víctimas al 31 de diciembre de 2021.- +Entes involucrados: SEMOVI, SEDESA, Cruz Roja, CRUM, ORT, FGJ, SOBSE, SSC-ERUM.
- +Meta: Capacitación al 100% del personal de Apoyo Vial Radar y de los conductores del SIT al 1 de diciembre de 2024.
- +
- +1.3.2 REGISTRO DE VEHÍCULOS DE EMERGENCIAS
- +Fortalecer el mecanismo de registro y regulación de ambulancias públicas y privadas, así como del personal que brinda servicios de atención prehospitalaria.
- +
- +Tipo: Operativa.
- +Plazo: Corto.
- +Entes involucrados: SEMOVI, CRUM, Cruz Roja, ERUM, SEDESA, SSC.
- +Meta: 100% de los vehículos de emergencia regularizados al 2024.
- +
- +1.3.3 PARAMÉDICOS EN MOTOCICLETA
- +Ampliar la cobertura y capacidades del programa de paramédicos en motocicleta.
- +
- +Tipo: Operativa.
- +Plazo: Corto.
- +Entes involucrados: SEMOVI, CRUM, Cruz Roja, ERUM, SEDESA, SSC.
- +Meta: 100 motocicletas de primeros auxilios en operación al 31 de diciembre de 2022.
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09/12/2020 18:21